Tipificado en BCS el feminicidio con penas hasta de 80 años de cárcel

La Paz, Baja California Sur.- Por unanimidad, el Congreso de Baja California Sur (BCS) aprobó reformas al Código Penal del Estado para tipificar de manera autónoma el feminicidio y la violencia política de género.

Se elevaron hasta 80 años de cárcel y multas de 5 mil Unidades de Medida Actualizada (UMA) las penas máximas contra quien cometa un feminicidio, es decir, prive de la vida a una mujer por motivos de género.

Será feminicidio todo aquél  en el que la víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo; o en el que se hayan infligido lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida o actos de necrofilia.

También cuando existan antecedentes, datos o medios de prueba de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, vecinal, laboral o escolar, del sujeto activo en contra de la víctima.

Cuando haya existido entre el activo y la víctima una «relación sentimental, afectiva o de confianza» o cuando «existan datos o medios de prueba» de amenazas o violencia contra la víctima.

Asimismo cuando la víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida.

Se entenderá por feminicidio todo aquel en el que el cuerpo de la víctima sea expuesto, exhibido, depositado o arrojado en un lugar público.

Se concibe que como resultado de violencia de género, el sujeto activo puede ser una persona conocida o desconocida, sin relación alguna.

Por otra parte, además de penas de 30 a 60 años de prisión, el culpable perderá todos los derechos con relación a la víctima, incluso los de carácter sucesorio.

La pena se agraviará un tercio de la pena (hasta 80 años de prisión) cuando la víctima mujer sea menor de edad, embarazada o discapacitada, así como cuando el culpable sea servidor público y haya usado su cargo para cometer el delito.

El feminicidio se entenderá como «homicidio doloso» para los efectos de imposición de la prisión preventiva oficiosa y remisión parcial de la pena, tratamiento pre-liberacional y libertad condicionada.

Asimismo se impondrán penas de 6 meses a 2 años de cárcel y multa de hasta 300 UMA a quien cometa actos de violencia política de género, es decir, que sin causa justificada impida a una mujer el acceso a cargos de elección popular, función pública, toma de decisiones o el goce de sus derechos fundamentales.

Las iniciativas fueron presentadas por las diputadas Daniela Viviana Rubio Áviles del Partido Humanista (PH) y de María Rosalba Rodríguez López de Movimiento de Regeneración Nacional (MORENA).